El 28 de setiembre se suscribieron, en la sede de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), dos Protocolos Adicionales de gran importancia para que los Estados Partes concluyan las tareas tendientes a la armonización de los regímenes especiales de importación en el MERCOSUR y eliminen los regímenes nacionales adoptados unilateralmente, así como la eliminación en el futuro de los controles de origen en el comercio intrazona.
Los Protocolos mencionados son:
El Octogésimo Sexto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica (ACE) que incorpora al Acuerdo la Decisión Nº 44/10 del Consejo del Mercado Común relativa a “Régimen de Origen del MERCOSUR”. Esta Norma prorroga, hasta el 31 de diciembre de 2016, el Régimen de Origen del MERCOSUR, previsto en las Decisiones CMC N° 01/04 y 01/09 (ACE 18.44 y ACE 18.77), para todo el comercio intrazona.
El Octogésimo Séptimo Protocolo Adicional al ACE que incorpora al Acuerdo la Decisión Nº 59/10 del Consejo del Mercado Común relativa a “Regímenes Nacionales Especiales de Importación no contemplados en las Secciones VI y VII de la Decisión CMC N° 56/10 “Programa de Consolidación de la Unión Aduanera”. La propuesta mencionada en dicha norma a ser elevada por el Grupo Mercado Común deberá contemplar un tratamiento a otorgar a los regímenes especiales de importación adoptados unilateralmente por los Estados Partes, que impliquen la exención total o parcial de los derechos aduaneros (Arancel Externo Común) que gravan la importación definitiva de mercaderías cuyo objetivo no sea el perfeccionamiento para posterior exportación de las mercaderías resultantes hacia terceros países, así como los beneficios concedidos al amparo de tales regímenes, exceptuando a los regímenes nacionales que podrán permanecer vigentes por razones de impacto económico limitado o finalidad no comercial.