En el marco del Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional, y del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, la Secretaría de Industria de la Nación nos consulta sobre si nuestros asociados:
1- producen, importan u exportan o son utilizadas en cualquier etapa del proceso productivo y/o se encuentran presentes en algún componente de los insumos o del producto terminado, las siguientes sustancias químicas:
a- Sulfonato de perfluoroctano, sus sales y precursores
b- Sulfonilfluoruro de perfluoroctano
c- Éter de pentabromodifenilo y mezclas
d- Pentaclorobenceno
e- Éter de octobromodifenilo
2- si cuentan con información sobre experiencias en el país al sustituir alguna de tales sustancias con nuevos productos y/o procesos alternativos y sus consecuencias para la salud y el medio ambiente.
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