ASUNTO: Utilización de la ventaja DEJUAUTO
Tengo el agrado de dirigirme a Usted, en referencia al temario abordado en la Reunión del Consejo Consultivo Aduanero de fecha 15 de julio próximo pasado; en particular, en relación al análisis de la utilización de la ventaja DEJUAUTO prevista en la Resolución General Nº 2435/2008 2435/2008 (AFIP).
Al respecto y conforme los compromisos asumidos en dicha oportunidad, esta DIRECCION GENERAL ha instruido a la SUBDIRECCION GENERAL DE CONTROL ADUANERO a fin que establezca un período de transición hasta el primero de septiembre del corriente año en la aplicación de parámetros de alcance general y que tienen por finalidad determina un nivel mínimo de confiabilidad de los exportadores, que permita habilitar el uso del beneficio que prevé la resolución ut supra citada, vale decir –simple declaración jurada- como garantía.
Dichos parámetros se basan en el historial de cumplimiento de pagos impositivos, aduaneros y previsionales; calificación crediticia otorgada por el B.C.R.A., antigüedad como operador en la DGA y niveles mínimos de pago efectuados por derechos de exportación que permitan evaluar el perfil de cumplimiento de cada operador.
Los exportadores que no alcancen a cumplir esos parámetros mínimos no tienen ningún tipo de impedimento para operar en exportación, simplemente deberán optar por mantener el plazo de espera de pago mediante la utilización de los otros tipos de garantía disponibles para este tipo de obligaciones: depósito en efectivo o aval bancario.
Finalmente, se destaca que los exportadores pueden hacer uso de la opción de pago de derechos al momento de la oficialización de la destinación, la que se encuentra disponible para cualquier exportador inscripto y habilitado para operar.
En ese marco y considerando a su vez la solicitud efectuada por esa Cámara durante la reunión Nº 306 del Consejo Consultivo Aduanero es necesario destacar que ya se han iniciado las gestiones para que los exportadores puedan ser avisados en el momento en el que se les bloquea el uso de la mencionada ventaja.
Lic. María Siomara Ayerán
Directora General
Dirección General de Aduanas
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