jueves, 8 de septiembre de 2011

Apruébanse los signos distintivos del régimen de Indicaciones Geográficas y las Denominaciones de Origen Nacional que lucirán los productos agrícolas y alimentarios.

PRODUCTOS AGRICOLAS Y ALIMENTARIOS

Resolución 546/2011

Artículo 1º — Apruébanse los signos distintivos del régimen de Indicaciones Geográficas y las Denominaciones de Origen Nacional que lucirán los productos agrícolas y alimentarios reconocidos en el marco de la Ley Nº 25.380 modificada por su similar Nº 25.966; que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º — Establécese que la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, mediante los actos administrativos pertinentes de reconocimiento, acordará el uso de los signos distintivos aprobados por el Artículo 1º de la presente medida, según corresponda.

Art. 3º — Los recaudos y condiciones de uso de dichos signos distintivos serán regulados por el Registro de las Indicaciones de Procedencia y las Denominaciones de Origen de Productos Agrícolas y Alimentarios aprobado por el Artículo 16 de la Ley Nº 25.380, sustituido por el Artículo 6º de la Ley Nº 25.966, de conformidad a los requisitos generales y particulares establecidos por las leyes mencionadas.

Art. 4º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lorenzo R. Basso.

ANEXO

SIGNOS DISTINTIVOS PARA IDENTIFICAR INDICACIONES GEOGRAFICAS Y DENOMINACIONES DE ORIGEN REGISTRADAS ARGENTINAS

No hay comentarios:

Publicar un comentario